Contamos con guías bilingües
La Agencia de Viajes Medellín Trip Support ubicada en MEDELLÍN, se compromete a mitigar todos los impactos negativos que afectan al entorno natural por el desarrollo de su operación y a optimizar el uso de los recursos naturales, promocionando buenas prácticas de los turistas en parques y zonas naturales, y dando a conocer dichas zonas naturales en diferentes fuentes de comunicación.
Así mismo se compromete a promover y conservar el patrimonio cultural de la regiones y destinos en las cuales tiene actividad comercial, divulgando de manera responsable las tradiciones y atractivos turísticos de la región, gastronomía artesanías y bienes inmuebles de importancia cultural.
También se compromete a proteger y a apoyar la comunidad de los destinos implementando buenas prácticas sostenibles, respetando los derechos de todos los actores y velando por el cumplimiento de sus deberes; previniendo impactos negativos como la ESCNNA asociada a los viajes y el turismo. Para esto contará con una base de colaboradores y proveedores locales comprometidos con la conservación del ambiente la cultura y el desarrollo social, contratados bajo una política de contratación sin discriminación.
Razones Por las cuales No se debe tener Fauna Silvestre:
La Agencia de Viajes Medellín Trip Support de acuerdo con su política de sostenibilidad se compromete a promocionar el patrimonio cultural de los destinos que habitualmente ofrece en su actividad comercial teniendo en cuenta que el turismo cultural es una herramienta de transformación social, ya que consolida los lazos que le son comunes a un pueblo en pro del progreso y el desarrollo del mismo, garantizando la permanencia de los valores, la identidad y las tradiciones, que proporcionarán no sólo un beneficio económico para la comunidad, sino también la sostenibilidad del patrimonio.
Es obligación constitucional del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación, principio recogido en la Ley General de Cultura, Ley 397 de 1997 que en su artículo primero luego de la definición de cultura, enuncia los principios que sirven de base para definir cuál es el papel del Estado en relación con la misma. De igual forma, la cultura se reconoce como fuerza articuladora de los modelos de propiedad colectiva de territorio que puede convertirse en una estrategia de conservación de la biodiversidad y uso sostenible de los recursos en el marco del respeto de los principios de igualdad, identidad y autonomía cultural de las comunidades afrocolombianas e indígenas.
El turismo cultural es una prioridad para el Estado y una alternativa económica para las regiones del país, motivo por el cual su desarrollo debe ser sostenible. La sostenibilidad es entonces, la principal meta a lograr para este tipo de turismo. Dado que los objetivos de desarrollo del turismo cultural buscan la apropiación del patrimonio, el fortalecimiento de su competitividad y productividad y el incremento de los beneficios que genera la actividad turística, la sostenibilidad es el eje de acción de esta Política. La protección de la integridad cultural y del ambiente son las premisas para que el turismo, la cultura y la ecología se correspondan para garantizar la conservación de los recursos de tal manera que sean disfrutados por las generaciones futuras.
Para cumplir estos objetivos nos comprometemos a divulgar a nuestros clientes la gastronomía, lugares culturales, museos, artesanías entre otros aspectos de la cultura de las regiones.
Constitución nacional de Colombia, Art. 72: "El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica".
Constitución nacional de Colombia, Art. 72: "El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica".
El patrimonio cultural sumergido, también hace parte del patrimonio cultural. La ley en su artículo 9 lo define como "ciudades o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, las especies náufragas constituidas por las naves y su dotación, y demás muebles yacentes dentro de éstas, o diseminados en el fondo del mar, que se encuentren en el suelo o subsuelo marinos".
La ley resalta que toda exploración y remoción del patrimonio cultural sumergido, por cualquier persona, ya sea jurídica o particular, debe tener aprobación del Ministerio de Cultura, la Dirección General Marítima, DIMAR y el Ministerio de Defensa Nacional.
Las personas que incurran en dichas faltas serán juzgadas de acuerdo a los artículos 242, 246, 249, 270, 371 y 372 del Código Penal colombiano.
El tráfico de flora y fauna es un delito. En el Código Penal Colombiano se establecen penas de hasta 90 meses de cárcel y multas hasta de 15.000 salarios mínimos para quienes incurran en este delito.
Si se encuentra con personas que venden flora y fauna protegida debe denunciar ante la Policía Nacional.
NO consuman ni huevos ni carne de origen silvestre.
NO realice pesca de especies protegidas o en veda.
El Código Penal Colombiano determina como delito el aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables, entendido como la apropiación, introducción, explotación, transporte, la tenencia, tráfico, comercio, exploración, aprovechamiento o el beneficio propio de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana.
la Agencia de viajes rechaza la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes y está comprometido en la prevención y denuncia dentro y fuera del establecimiento, vinculando a nuestros socios, recurso humano, aliados y colaboradores a la divulgación y cumplimiento de la Ley 1336 y 1329 de 2009.
En el caso de huéspedes menores de edad se debe solicitar tarjeta de identidad o registro civil para verificar vinculo que lo identifique con parentesco de primer grado o en su defecto carta de autorización de los padres para alojarse.
Los hoteles donde se hospede evitaran rentar la habitación si sospechan que se encuentran ante un caso de explotación sexual.
En esta agencia queda prohibido promocionar u ofrecer paquetes turísticos, sitios, imágenes, textos, publicidad, video o cualquier otro medio en que se muestren actividades sexuales con menores de edad.
El establecimiento y sus colaboradores deben contar fácilmente con el número telefónica de la policía del sector o policía de turismo en caso de presentarse un caso de ESCNNA y denunciarlo.
En caso de sospecha de Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes - ESCNNA - en las instalaciones del establecimiento de hospedaje, avise oportunamente a la persona encargada de seguridad o contáctese con la línea de denuncia nacional 01 8000 112 440 y la línea 106 del ICBF.
"Estamos en contra de la discriminación de alguna persona en razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual".